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SENTENCIA PIONERA CONTRA RYANAIR

¿Qué implica a la práctica la condena a Ryanair por cobrar por una maleta de mano? El pago por el equipaje de mano es algo que veníamos diciendo en anteriores publicaciones del Blog que causaría una antes y después una complejidad que los tribunales acabarían resolviendo; pero esto es solo el principio.  El juzgado de lo mercantil número 13 de Madrid ha condenado a  Ryanair  por  cobrar  por la  maleta de mano  a una pasajera. La relevancia de la sentencia no es la cuantía, porque se trata de una  devolución de 20 euros , sino que obliga a la aerolínea a anular la cláusula sobre el pago por los bultos no facturados. Pese a ser un juzgado de primera instancia, la  resolución no es recurrible  y por tanto es  firme . Esto significa que la compañía tiene que acatarla y dejar de cobrar por llevar una maleta en cabina. Ahora bien, fuentes jurídicas explican que la empresa puede limitarse a aplicarlo en este caso concreto al no tratarse de una acción colectiva. Eso sí, esta sentencia

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